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LEGISLACIÓN ARGENTINA

 

Nuestra legislación se remonta a principios del siglo pasado, cuando el 26 de febrero de 1913, el Honorable Congreso de la Nación sanciona la ley 9080 que regula las investigaciones científicas y protege los yacimientos y objetos localizados en el suelo de nuestro país. Diez años después, el Poder Ejecutivo Nacional procedió a reglamentar dicha ley mediante un decreto del 29 de diciembre de 1921.

 

En 1968 se dicta la Ley 17.711, que introduce modificaciones de distinta índole en el Código Civil. En lo relativo a los bines arqueológicos, incorpora principios normativos, así en el nuevo artículo 2339 establece que: "Las cosas son bienes públicos del Estado general que forma la Nación, o de los Estados particulares de que ella se compone, según la distribución de los poderes hecha por la Constitución Nacional...." Asimismo, el artículo 2340, inciso 9no. Incluye entre los bienes públicos "las ruinas y yacimientos arqueológicos y paleontológicos de interés científico" Esta ley modifica la ley 9080 y cambia fundamentalmente la titularidad del dominio público sobre las ruinas y yacimientos arqueológicos, los que a partir de la vigencia de la ley 17.711 se encuentran bajo jurisdicción provincial o nacional, de acuerdo al lugar en donde se localicen.

 

A partir de ese momento algunas Provincias han dictado leyes locales de protección arqueológicas, e incluso, debe destacarse que algunas de las Constituciones provinciales, han incorporado preceptos tendientes a la preservación e investigación del patrimonio cultural de las Provincias.

 

Asimismo, el Estado Nacional conserva su jurisdicción en aquellos lugares que adquiera por compra o cesión de las provincias y sean declarados "establecimientos de utilidad en el territorio de la República". Dicha jurisdicción de acuerdo con el artículo 75 inciso 30 de la Constitución Nacional, es concurrente con las facultades de los gobiernos locales, ya sean provincial o municipal, quienes conservan los poderes de policía e imposición sobre estos lugares, siempre y cuando éstos no interfieran con la finalidad del establecimiento.

 

 

CONVENIOS Y LEYES.

 

Articulo 41

Constitución Nacional
LEY 9.080 (1913) -Derogada Ruinas y Yacimientos Arqueológicos.
Decreto 211/229/21 - Derogado Reglamentación de la ley 9080.
LEY 12.655 (1940)  Creación de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y lugares historicos.
Articulo 2340

Código Civil de la Nación

Convención de la haya de 1954

CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS BIENES CULTURALES EN CASO DE CONFLICTO ARMADO

LEY 19.943 (1973) Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia ilícita de bienes culturales.

Ley 25.568 (Convención de San Salvador - 1976)

CONVENCIÓN SOBRE DEFENSA DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y ARTÍSTICO DE LAS NACIONES AMERICANAS(CONVENCION DE SAN SALVADOR)
Ley 3911 (1993) Ley Nº 3911 de la Provincia del Chaco. "Protección de los Intereses Difusos y Colectivos"
Ley Nº 4076 Ley Nº 4076 de la Provincia del Chaco."Protección del Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia del Chaco"
LEY 24.663 (1996) Circulación Internacional de Obras de Arte.
Ley Nº 25.197 Ordenamiento de datos de los bienes culturales de la Nación.
Ley 25.478 Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 para la Protección de los Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, adoptado en La Haya el 26 de marzo de 1999
LEY 25.257 (2000)  Convención del UNIDROIT sobre objetos culturales.
LEY 25.743 (2003)  Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
Decreto 1022/2004 Reglamentación de la Ley Nº 25.743
Resolución 1134/2003

REGISTRO NACIONAL DE YACIMIENTOS, COLECCIONES Y OBJETOS ARQUEOLÓGICOS Y DE INFRACTORES Y REINCIDENTES

Res. SCyT N° 184/03 

Designación del Museo de ciencias Naturales "Bernardino Rivadavia" como autoridad competente para la ley 25.743

 

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