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Principios para la Preservación, Conservación y
Restauración de las Pinturas Murales
Introducción y
Definición
Las pinturas murales, desde las
correspondientes al arte rupestre hasta los murales actuales, han sido
expresión de la creación humana a lo largo de la historia, desde sus más
remotos orígenes Su deterioro, así como su destrucción, ya sea ésta
accidental o intencionada, representa una pérdida que afecta a una parte
significativa del patrimonio cultural del mundo. La Carta de Venecia
(1964) sentó los principios generales para la conservación y
restauración del patrimonio cultural. La Declaración de Ámsterdam (1975)
que introdujo el concepto de conservación integrada, y el Documento de
Nara sobre la Autenticidad (1994) que versa sobre la diversidad
cultural, han ampliado el alcance de dichos principios. Teniendo en
cuenta estas y otras contribuciones pertinentes, tales como el Código de
Ética del ICOM-C.C.[1] (1984), el Documento de Pavía (1997) y las
Directrices Profesionales de la E.C.C.O.[2], este documento se propone establecer unos
principios más específicos sobre la protección, salvaguarda,
conservación y restauración de las pinturas murales. Por tanto, recoge
una serie de postulados y reglas prácticas de carácter elemental,
susceptibles de ser aplicados a escala universal, sin entrar a
considerar los problemas concretos de las diferentes regiones o países,
que pueden abordarse en el ámbito regional o nacional mediante la
formulación de ulteriores recomendaciones, cuando resulte necesario.
La riqueza de las pinturas
murales se fundamenta en la variedad de expresiones culturales y logros
estéticos, así como en la diversidad de los materiales y técnicas
utilizadas desde la antigüedad hasta nuestros días. Los artículos
siguientes se refieren a pinturas realizadas sobre soportes inorgánicos,
tales como yeso, ladrillo, arcilla y piedra y no a pinturas ejecutadas
sobre soportes orgánicos como madera, papel o tela. Los materiales que
componen muchos de los edificios históricos necesitan una consideración
especial que queda al margen de este documento. Las superficies
arquitectónicas y sus capas finales de preparación, con sus valores
históricos, estéticos y técnicos tienen que ser consideradas como
componentes igualmente importantes de los monumentos históricos.
Las pinturas murales son una
parte integrante de los monumentos y lugares de valor patrimonial y
deben ser preservadas
in situ.
Muchos de los problemas que afectan a las pinturas murales están
relacionados con las deleznables condiciones que presentan los edificios
o las estructuras, su uso improcedente, la falta de mantenimiento y las
frecuentes alteraciones y reparaciones. También la práctica reiterada de
restauraciones, ponerlas innecesariamente al descubierto y el uso de
métodos y materiales inadecuados pueden producir un daño irreparable.
Las actuaciones inapropiadas, o las que no alcanzan el rigor de los
cánones de intervención establecidos, así como la falta de una
capacitación profesional idónea, han
conducido a resultados desafortunados. Por esta razón, se requiere un
documento capaz de sentar los principios para la adecuada conservación y
restauración de las pinturas murales.
Artículo 1: Política de Protección
La realización de listados e
inventarios de monumentos y lugares con valor patrimonial que posean
pinturas murales, aún en los casos en que éstas se encuentren ocultas en
la actualidad, constituye por sí misma una medida necesaria para la
protección de las pinturas murales de las distintas culturas y
religiones. Las leyes y demás normas para la protección del patrimonio
cultural deben prohibir la destrucción, degradación o alteración de las
pinturas murales, así como la de su entorno. La legislación no sólo
debería proveer medidas para la protección de las pinturas murales, sino
incidir también en la disponibilidad de recursos destinados a la
investigación, el tratamiento profesional y el control, y velar para que
la sociedad pueda apreciar sus valores de carácter tangible e
intangible.
Las intervenciones que resulten
necesarias deberán realizarse con pleno conocimiento y permiso de las
autoridades competentes. Cualquier trasgresión de esa regla debe llevar
aparejada una sanción en el orden jurídico. Las previsiones legales
deberán proyectarse también a los nuevos descubrimientos y a su
preservación, hasta que éstos alcancen protección formal. Los proyectos
de desarrollo regional, de carácter urbano, arquitectónico, o relativos
a obras públicas de ingeniería, tales como la construcción de
carreteras, presas, rehabilitación de edificios, etc, que afecten a
pinturas murales no se deben llevar a cabo sin un estudio previo del
impacto que éstas sufrirían y sin proveer
las medidas necesarias para su salvaguarda.
Las diversas autoridades deberán
hacer un esfuerzo especial de cooperación entre ellas, a fin de
propiciar el respeto y las condiciones que permitan que las pinturas de
carácter religioso cumplan funciones de culto, sin poner en riesgo su
autenticidad.
Artículo 2:
Investigación
Todos los proyectos de
conservación deben iniciarse mediante una investigación científica
sólida y rigurosa. El objeto de tales investigaciones es encontrar la
máxima información posible, tanto de carácter histórico como estético y
técnico, sobre el soporte material de la estructura y las capas
superpuestas. Deben extenderse, además,
a todos los valores materiales e incorpóreos de la pintura, así como a
las alteraciones históricas, las adiciones y las restauraciones. Ello
requiere una aproximación interdisciplinaria.
En la medida de lo posible, los
métodos de investigación deben ser de naturaleza no destructiva. Las
pinturas que puedan hallarse ocultas bajo blanqueos de cal, capas de
pintura, yeso, etc., deberán ser objeto de una atención especial. La
investigación científica sobre los mecanismos de degradación a macro y
micro escala, el análisis de los materiales y el diagnóstico del estado
de conservación, son requisitos previos en cualquier proyecto de
conservación .
Artículo 3: Documentación
Conforme a lo dispuesto en la
Carta de Venecia, la conservación y restauración de las pinturas murales
deben ir acompañadas de un programa de documentación, bien definido,
consistente en un informe, a la vez analítico y crítico, ilustrado con
dibujos, copias, fotografías, planos, etc. Deben registrarse las
condiciones que ofrezcan las pinturas, los datos técnicos y formales
relativos a su proceso de creación, y la historia de cada objeto. E
incluso deberán documentarse todos los estadios del proceso de
conservación, la restauración, los materiales y la metodología
empleados. El informe deberá depositarse en los archivos de una
institución pública, quedando a disposición del público interesado.
También deberán conservarse copias de dicha documentación
in situ,
o en poder de los responsables del monumento. Igualmente se recomienda
la publicación de los resultados del trabajo. Esta documentación deberá
ordenarse en unidades temáticas relativas al proceso de investigación, a
la diagnosis y al tratamiento. Los métodos tradicionales de
documentación escrita y gráfica pueden complementarse con métodos
digitales. Con independencia de los medios técnicos empleados, la
conservación de los archivos y la disponibilidad de la documentación en
el futuro, es de la mayor importancia.
Artículo 4:
Conservación Preventiva, Mantenimiento y Gestión del Lugar
La conservación
preventiva
tiene por objeto
propiciar unas condiciones favorables para reducir al máximo posible la
degradación y evitar los tratamientos curativos innecesarios,
prolongando así la vida de las pinturas murales. La práctica de un
seguimiento adecuado y el control medioambiental son componentes
sustanciales de la conservación preventiva. Las condiciones climáticas
adversas y los problemas de humedad pueden producir no sólo deterioro,
sino también ataques de carácter biológico. El seguimiento puede servir
para detectar procesos de degradación de las pinturas, o de la
estructura que les sirve de soporte, en su fase inicial, contribuyendo
así a prevenir daños ulteriores. También permite conocer desde un
principio la deformación y los fallos de estructura que podrían provocar
la ruina del soporte. Un mantenimiento regular del edificio o de la
estructura en cuestión, constituye la mejor garantía para salvaguardar
las pinturas murales.
Los usos públicos e inadecuados
de los monumentos y los lugares con pinturas murales pueden perjudicar a
éstas. Ello puede hacer necesario que se limite la afluencia de
visitantes y, en determinados casos, el cierre temporal al público. Sin
embargo, es preferible que éste tenga oportunidad de conocer y apreciar
las pinturas murales directamente, puesto que son parte integrante del
patrimonio cultural común. Por tanto, es importante que en la gestión
del bien se incluya un cuidadoso plan de uso y acceso que contribuya a
preservar, en la medida de lo posible, los auténticos valores, tangibles
e intangibles, propios de los monumentos y los lugares patrimoniales.
Muchas pinturas murales, a
menudo situadas en parajes aislados, sufren los estragos del vandalismo
y el robo, debido a diversos motivos de orden sociológico, ideológico y
económico. En tales casos, las autoridades competentes deberán tomar
medidas preventivas para su custodia.
Artículo 5: Tratamientos de Conservación y
Restauración.
Las pinturas
murales forman parte integrante de los edificios o estructuras. Por lo
tanto, su conservación debe considerarse comprendida en la del soporte
material del conjunto arquitectónico al que pertenecen y su entorno.
Cualquier intervención en el monumento debe tener en consideración las
características especiales de las pinturas murales con el fin de
preservarlas. Todas las intervenciones, tales como la consolidación,
limpieza y reintegración, deberán ajustarse a unos márgenes mínimos a
fin de evitar cualquier menoscabo en la autenticidad de los elementos
materiales y pictóricos. Siempre que resulte posible, deberán
preservarse, preferiblemente in situ, las muestras de capas
estratigráficas, como testimonios de la historia de las pinturas.
El envejecimiento
natural atestigua el paso del tiempo y ha de ser respetado. Deberán
conservarse las transformaciones químicas y físicas de carácter
irreversible, siempre que su eliminación pudiera resultar dañina. Las
restauraciones anteriores, los añadidos y los repintes sobre el original
son parte de la historia de las pinturas murales. Deben ser consideradas
como testigos de interpretaciones pretéritas y evaluadas de forma
crítica.
Todos los métodos
y materiales utilizados en la conservación y restauración de las
pinturas murales deberán tener en cuenta la posibilidad de que en el
futuro se apliquen tratamientos distintos. El uso de nuevos materiales
y métodos debe basarse en un conjunto de datos científicos
suficientemente amplio y variado, así como en el resultado positivo de
pruebas realizadas tanto en laboratorio como en los propios lugares. No
obstante, ha de tenerse en cuenta que no se conocen los efectos
potencialmente dañinos que los materiales y métodos nuevos pueden
producir en las pinturas murales a largo plazo. En consecuencia, debe
fomentarse el uso de materiales tradicionales, siempre que éstos sean
compatibles con los componentes de las pinturas y la estructura del
entorno.
La restauración tiene por objeto
mejorar la interpretación de la forma y el contenido de las pinturas
murales, siempre y cuando se respete la obra original y su historia. La
reintegración estética contribuye a disminuir la percepción visual del
deterioro y debe llevarse a cabo prioritariamente en materiales que no
sean originales. Los retoques y las reconstrucciones deben realizarse de
tal forma que sean discernibles del original. Todas las adiciones deben
ser fácilmente reversibles. No se debe repintar sobre el original.
Poner las pinturas murales al
descubierto exige respetar la situación histórica y evaluar las pérdidas
que puedan producirse. Tal operación sólo debe efectuarse tras haber
realizado una investigación previa de las condiciones en que se hallan,
así como de su extensión y valor, y siempre que resulte posible llevarla
a cabo sin causar daños. Una vez puestas al descubierto no deben
exponerse a condiciones desfavorables.
En algunos casos, un programa de
conservación o restauración puede incluir la restitución de pinturas
murales decorativas o de superficies arquitectónicas coloreadas. Ello
entraña la conservación de fragmentos auténticos y puede requerir su
cobertura completa o parcial con capas protectoras. Toda restitución
bien documentada y ejecutada de forma profesional, con materiales y
técnicas tradicionales, puede servir como testigo del aspecto histórico
de las fachadas e interiores.
En todas las fases de un
proyecto de conservación o restauración se debe contar con una dirección
técnicamente solvente, así como con la autorización de las autoridades
competentes. También es deseable asegurar una supervisión independiente
del proyecto, bien sea a través de éstas últimas, o de otras
instituciones que no tengan intereses comerciales en el mismo.
Artículo 6. Medidas de Emergencia
En situaciones de urgencia, es
necesario recurrir a tratamientos de emergencia para salvaguardar las
pinturas murales. Pero los materiales y las técnicas que se empleen
deben permitir un tratamiento posterior. Tan pronto como sea posible,
deben aplicarse medidas idóneas de conservación, con autorización de las
autoridades competentes.
Los arranques y traslados de
pinturas murales son operaciones peligrosas, drásticas e irreversibles,
que afectan seriamente a su composición física, así como a su estructura
material y a sus valores estéticos. Por tanto, tales actuaciones sólo
resultan justificables en casos extremos, cuando todas las opciones de
aplicación de otro tratamiento
in situ
carecen de viabilidad. Si se presenta una de estas situaciones, es mejor
que las decisiones relativas a los arranques y traslados sean tomadas
por un equipo de profesionales, y no por la persona encargada del
trabajo de conservación. Las pinturas arrancadas deberán ser respuestas
en su emplazamiento original siempre que resulte posible.
Deberán adoptarse medidas
especiales para la protección y mantenimiento de las pinturas
arrancadas, así como para prevenir su robo y dispersión.
La aplicación de una capa de
protección sobre la decoración existente, con el propósito de evitar el
daño o destrucción que puede provocar su exposición a un ambiente
inhóspito, habrá de realizarse con materiales compatibles con las
pinturas murales, y de tal forma que permita que en el futuro puedan
volver a destaparse.
Artículo 7. Investigación e Información Pública
La puesta en marcha de proyectos
de investigación, en el campo de la conservación y la restauración de
las pinturas murales, es requisito esencial de una política de
desarrollo equilibrado. Deben fomentarse las investigaciones basadas en
tesis que puedan enriquecer el conocimiento sobre los procesos de
degradación. La investigación que amplíe nuestro saber sobre las
técnicas pictóricas originales, al igual que los materiales y los
métodos empleados en anteriores prácticas de restauración, constituyen
elementos fundamentales para desarrollar proyectos de conservación
acertados. Dicha investigación resulta también útil y pertinente para
otras disciplinas conexas del campo de las artes y de las ciencias.
Deberá reducirse al máximo tanto la alteración de los soportes que
resulten significativos, como la obtención de muestras, para su estudio.
La difusión de conocimientos es
un factor esencial de la investigación y debe llevarse a cabo no sólo a
escala profesional, sino también en el ámbito popular. La información
pública puede ampliar notablemente la conciencia sobre la necesidad de
salvaguardar las pinturas murales, aunque los trabajos de conservación y
restauración puedan causar molestias ocasionales.
Artículo 8.
Educación y Formación Profesional
La conservación y la
restauración de la pintura mural constituyen una disciplina
especializada en el campo de la preservación del patrimonio. Puesto que
este trabajo requiere conocimientos especializados, capacitación,
experiencia y responsabilidad, los conservadores y restauradores de este
tipo de bienes culturales deben tener una educación y una formación
profesional idóneas, como recomienda el Código de Ética del Comité de
Conservación del ICOM (1984) y agrupaciones tales como la CEOC[3] (Confederación Europea de Organizaciones de
Conservadores y Restauradores) y la REECR[4] (Red Europea de Educación en Conservación y
Restauración)
Artículo 9.
Renovación Tradicional
En muchas regiones del mundo, se
siguen utilizando las mismas prácticas pictóricas empleadas
originalmente por los artistas y artesanos, repitiendo programas
históricos de carácter decorativo e iconográfico mediante el uso de
materiales y técnicas tradicionales. Tales tradiciones, que responden a
exigencias religiosas y culturales y están de acuerdo con los principios
de Nara, deben mantenerse. Sin embargo, aunque sea importante que estos
conocimientos especiales se conserven, ello no implica que los
tratamientos de conservación y restauración deban ser realizados por
artesanos o artistas.
Artículo 10.
Cooperación Internacional
Compartir el cuidado del
patrimonio común es una noción aceptada a escala nacional e
internacional. Por tanto, es preciso fomentar el intercambio de
conocimientos y difundir la información en todos los ámbitos. Dentro del
espíritu que inspira la colaboración interdisciplinaria, los
conservadores y restauradores de pintura mural necesitan relacionarse
con sus colegas de otros países, con instituciones apropiadas, y con
especialistas de todo el mundo.
La presente versión de este
documento se elaboró entre el 28 de octubre y el 1 de noviembre de 2002,
en Copenhague, y se acabó de redactar en Tesalónica, los días 8 y 9 de
mayo de 2003, actuando como relatora Isabelle Brajer.
Participantes:
R.C. Agrawal
(India)
Valia Anapliotou (Grecia)
Stefan Belishki (Bulgaria)
Giorgio Bonsanti (Italia)
Isabelle Brajer (Dinamarca)
Marjan Buyle (Bélgica)
Jaime Cama Villafranca (México)
Nikolas Charkiolakis (Grecia)
Rob Crèvecoeur (Holanda)
Luigi Dei (Italia)
Alberto Felici (Italie)
Vaios Ganitis (Grecia)
George Kavakas (Grecia)
Haris Lionis (Grecia)
Penelope Mavroudi (Grecia)
Vassilis Petropoulos (Grecia)
Michael Petzet (Alemania)
Ursula Schädler-Saub (Alemania)
Walter Schudel (Bélgica)
Nimal de Silva (Sri
Lanka)
Roland Silva (Sri
Lanka)
Kirsten Trampedach
(Dinamarca)
Ioannis Zervos (Grecia)
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